martes, 18 de agosto de 2009

CON LAS COMUNAS SOBRE LA MESA

12/08/2009

POR EL FUNCIONAMIENTO DE LAS COMUNAS SEGUNDA REUNIÓN CON SATILLI.


Se reunieron miembros del Espacio Intercomunal con el Vice Presidente Primero de la Legislatura Sr. D. Santilli. La mesa del salón Eva Perón estuvo cubierta con carteles alusivo a las comunas.


El Consejal Santilli informo que se propone realizar antes del 30 de Octubre del 2009 una reunión especial en la legislatura, a fin de establecer la fecha de las elecciones Comunales, con el acuerdo de los diferentes bloques. En cuanto a las fechas de las primeras elecciones comunales que se están considerando como posibles, no dio ninguna información.

El Espacio Intercomunal informaron que:

a) Quieren que las Comunas estén funcionando a pleno para el 25 de Mayo del 2010.

b) La iniciativa popular cuyo lanzamiento se realizó el lunes 10/8 propone elecciones comunales en el año 2009.

Asimismo solicitaron que a partir de la sesión de Octubre de 2009:

c) El Poder Ejecutivo debe establecer el cronograma electoral contemplando el
Código Electoral Federal vigente para la Ciudad autónoma de Bs. As.

d) El Poder Ejecutivo debe poner en marcha el proceso de transición Art. 47 Ley 1777 que contempla la efectiva participación de las organizaciones vecinales en el mismo.

e) El PE debe incluir en el presupuesto 2010 el 5% del total del presupuesto de la Ciudad , según lo indica la clausula transitoria tercera de la Ley 1777, a fin de dotar a las futuras comunas de las instalaciones, bienes y recursos necesarios para su funcionamiento.

f) El PE tiene que arbitrar los medios necesarios – desde la fijación de la fecha electoral hasta la asunción de las Juntas Comunales – para que los Consejos Consultivos de cada Comuna puedan cumplir con sus funciones adecuadamente en los CGPC.

g) El PE deberá realizar una campaña masiva de publicidad en la Ciudad informando a los vecinos sobre la implementació n de las Comunas, la Descentralizació n y la Democracia Participativa.

h) Las otras actividades referidas a la implementació n y aplicación de la Ley Normativa de las Comunas N° 1777 y la Constitución de la Ciudad , principalmente referida a las competencia exclusivas, concurrentes y políticas especiales, deberán sujetarse al control y seguimiento de la comisión bipartita en la Legislatura , como establece el Art. 48 de la Ley 1777.

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